Este 17 de junio entró en vigor la denominada Ley Silla, 180 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Consiste en reformas a los artículos 132, primer párrafo y fracción V; 133, primer párrafo; 422, primer párrafo y 423, fracciones I, V, VIII y X, además de la adición de una fracción XVII Bis al artículo 133, de la Ley Federal del Trabajo.
¿Qué es la Ley Silla?
La Ley Silla obliga a los empleadores a proveer un número suficiente de asientos o sillas con respaldo para todos sus trabajadores, ya sea para la ejecución de sus funciones o para el descanso periódico durante la jornada laboral.
La nueva disposición aplica en los sectores de servicios, comercio y centros de trabajo análogos, con lo que engloba a:
- empacadores
- guardias de seguridad
- hostess
- cocineros
- meseros
- encargados de almacén
- empleados de mostrador
- taquilleros
- guardaespaldas
- demostradores
- personal de limpieza
De esta forma, queda prohibido obligar a los trabajadores a permanecer de pie durante la totalidad de la jornada laboral y prohibirles tomar asiento periódicamente durante el desarrollo de sus funciones.
Sanciones por incumplimiento
En caso de incumplir con la Ley Silla y sus disposiciones, los empleados podrán hacerse acreedores a una multa.
Se consideran de 250 a 2 mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que se traduce a entre 28 mil 285 y 282 mil 850 pesos.
Además se podría proceder con la suspensión temporal de la empresa.