El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha reiterado que, conforme a la Constitución, los amparos no proceden en materia electoral. Esta postura fue confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que reconoció al TEPJF como la máxima autoridad en asuntos electorales y ordenó a los jueces de distrito corregir sus sentencias en concordancia con esta interpretación.
El TEPJF destacó que las sentencias emitidas por este tribunal son definitivas e inatacables, lo que implica que el proceso electoral en curso no ha sido suspendido y continuará conforme a lo establecido en la Constitución. Además, enfatizó que, en materia electoral, no proceden los amparos, por lo que no es posible frenar un proceso democrático de elección.
Esta aclaración subraya la independencia y autoridad del TEPJF en la supervisión y resolución de asuntos electorales, reafirmando su papel fundamental en la garantía de procesos democráticos transparentes y legales en México.
Con esta resolución, se busca evitar que acciones judiciales externas interfieran en los procesos electorales, asegurando que las elecciones se lleven a cabo sin contratiempos y respetando los principios constitucionales.